El Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa forma parte de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia, junto con el de Gestión y Auxilio. Este cuerpo es el intermedio entre Gestión, considerado superior, y Auxilio, el último en la escala. El trabajo del tramitador/a procesal, al igual que el de gestor, abarca tareas tanto administrativas como de contenido procesal. Las personas del Cuerpo de Tramitación Procesal realizan actividades de apoyo a la gestión procesal, dependiendo del nivel de especialización del puesto de trabajo. Su trabajo se rige bajo el principio de jerarquía que hemos mencionado anteriormente; Gestión Procesal es el cuerpo superior y por debajo están Tramitación y Auxilio, en ese orden.
Para acceder al Cuerpo de Tramitación es obligatorio estar en posesión del título de bachiller o equivalente y superar unas oposiciones para conseguir plaza en la Administración. Si además cuentas con una titulación superior, tendrás más puntos para acceder al puesto. Antes de decidirte por las oposiciones de un cuerpo u otro, conoce todas las funciones que desempeñan y las características del nivel laboral.
Funciones del tramitador procesal y administrativo
La Ley Orgánica del Poder Judicial recoge en su articulo 477 que al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa le corresponde “la realización de cuantas actividades tengan carácter de apoyo a la gestión procesal, según el nivel de especialización del puesto desempeñado, bajo el principio de jerarquía y de conformidad con lo establecido en las relaciones de puestos de trabajo”. En este mismo artículo incluye las funciones generales de un tramitador procesal, que no excluyen las concretas del puesto de trabajo en el que se encuentre:
- La tramitación general de los procedimientos, mediante el empleo de los medios mecánicos u ofimáticos que corresponda. Para ello confeccionará cuantos documentos, actas, diligencias, notificaciones le sean encomendados, así como copias de documentos y unión de los mismos a los expedientes.
- El registro y la clasificación de la correspondencia.
- La formación de autos y expedientes, bajo la supervisión del superior jerárquico.
- La confección de las cédulas pertinentes para la práctica de los actos de comunicación que hubieran de realizarse.
- El desempeño de aquellas jefaturas que en las relaciones de puestos de trabajo de la Oficina judicial estén asignadas a este Cuerpo, en la forma y condiciones que en las mismas se establezcan.
- La posibilidad de ocupar puestos de las unidades administrativas, siempre que se reúnan los requisitos y conocimientos necesarios.
- Cuantas funciones puedan asumir en orden a la protección y apoyo a las víctimas, así como de apoyo a actuaciones de justicia restaurativa y de solución extraprocesal.
- Cualquiera de las funciones encomendadas por los superiores jerárquicos, orgánicos o funcionales.
Condiciones del Cuerpo de Tramitación Procesal
Salario
En las retribuciones de 2019 para los Cuerpos Generales de Justicia se establece el sueldo base de Tramitación Procesal en 967,07€. A este sueldo base, común a todas aquellas personas que pertenezcan al cuerpo, hay que sumarle todos los complementos especiales según el puesto concreto. Estos suplementos con los que se conformaría el salario neto final se calculan según:
- La ciudad de destino.
- El centro de la Administración de Justicia en el que se desarrolla el trabajo.
- Las guardias.
- El complemento de penosidad.
- Las dos pagas extras (en junio y diciembre).
- Los complementos variables en los distintos ámbitos territoriales.
- El complemento por Juzgados de violencia sobre la mujer.
- Complemento por jornada de tarde en registros civiles.
- Indemnización por residencia en territorio nacional.
Además de estos complementos salariales, debemos tener en cuenta las retenciones de MUGEJU y los derechos pasivos a la hora de calcular el salario neto. También sumar el porcentaje de IRPF que corresponda a cada persona en función de sus circunstancias personales y familiares. Para calcular lo que podrás ganar como tramitador/a procesal consulta la tabla de retribuciones de 2019.
Horario
El horario de un tramitador o tramitadora procesal es igual que el del personal de Gestión Procesal. Un total de 37.5 horas semanales, divididas en una jornada laboral de 9:00 a 14:30 horas. Finalmente serían unas 1657 horas anuales, cumpliendo con el calendario laboral para el personal de la Administración de Justicia. Las horas restantes se realizarán en horario variable, entre las 7.30 y las 9 de lunes a viernes y entre las 14.30 y las 18 de lunes a jueves. En los meses de verano el horario se reduce a 32 horas y media, desde el 16 de junio al 15 de septiembre.
Vacaciones
Al personal del cuerpo de Tramitación Procesal le corresponden 22 días hábiles anuales por año completo de servicios. Se tienen que aprovechar dentro del año natural en períodos mínimos de 5 días hábiles consecutivos. La mitad de los días deben ser disfrutados por obligación entre el 1 de junio y el 30 de septiembre.
Oposiciones de Tramitación Procesal
Como comentábamos con anterioridad, para acceder al Cuerpo de Tramitación Procesal hay que aprobar las oposiciones que convoca el Ministerio de Justicia y cumplir una serie de requisitos. La convocatoria para cubrir las plazas ofertadas de turno libre en 2019 se publicará a finales del mes de agosto. A la espera de que sea publicada oficialmente en el BOE, vamos a repasar las características principales de las oposiciones de Tramitación Procesal y Administrativa.
Requisitos para acceder
- Tener nacionalidad española.
- Haber cumplido la mayoría de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
- Tener el título de Bachiller o equivalente.
- Ni padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas, salvo que hubiera sido debidamente rehabilitado, ni pertenecer al mismo Cuerpo a cuyas pruebas selectivas se presenten.
- No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
Procesos selectivos para Gestión Procesal
Los procesos selectivos de esta oposición se realizan bajo el método de concurso- oposición, compuesto por una primera parte de oposición, donde se realizan las pruebas eliminatorias, y una segunda fase de concurso, donde se suman los méritos adquiridos por los opositores con anterioridad.
Fase de oposición
Al igual que en la convocatoria de Gestión Procesal, la fase de oposición supone el 60% de la nota final. En esta fase los aspirantes deberán superar tres pruebas escritas y eliminatorias. La primera supone un examen tipo test de 100 preguntas de los contenidos del programa. El segundo ejercicio versa sobre un caso práctico sobre el que habrá que responder a 20 preguntas tipo test. Finalmente, el tercer ejercicio de ofimática será una prueba de conocimientos sobre el procesador de textos Microsoft Word 2010, donde habrá que responder a las opciones correctas en un examen tipo test.
Fase de concurso
Todas las personas que superen las 3 pruebas de la fase de oposición deberán entregar toda la documentación referida a los méritos recogidos en el baremo. El Tribunal Calificador valorará todos los méritos entregados conforme a los publicados en la convocatoria oficial y sumará los puntos a la puntuación obtenida en la fase de oposición. El concurso supondrá el 40% restante de la nota final, valorando así méritos por titulaciones académicas, cursos de formación, servicios prestados a la Administración y notas de convocatorias de oposiciones anteriores a la actual. En nuestro blog puedes consultar el cálculo del baremo de méritos de las oposiciones de Justicia de este año.
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