Cómo son las oposiciones de Gestión Procesal

El pasado 12 de agosto de 2019 finalizó el plazo de presentación de solicitudes para las oposiciones de Gestión Procesal por acceso de turno libre. En la convocatoria oficial publicada en el BOE se anuncian los detalles del proceso selectivo por el que accederán los opositores a las 1476 plazas de la última OEP de Gestión Procesal y Administrativa. Ante la gran participación que se espera para esta convocatoria, vamos a ver cómo son las oposiciones de Gestión Procesal para este año 2019.

El sistema de acceso establecido por el Ministerio de Justicia es el concurso- oposición. Esta modalidad se caracteriza por dividir el proceso selectivo en dos partes: fase de oposición y fase de concurso. En primer lugar se desarrolla la fase de oposición que, en el caso de Gestión Procesal, se compone de tres ejercicios que veremos a continuación. En segundo lugar, los opositores que superen la oposición pasarán a la fase de concurso. Esta parte no es eliminatoria, sino sumatoria. En el plazo establecido tendrán que presentar los documentos acreditativos de todos los méritos reconocidos en las bases comunes de las oposiciones de Justicia 2019.

Proceso selectivo de las oposiciones de Gestión Procesal

Las oposiciones de Gestión Procesal, como hemos comentado, se rige por el sistema de concurso- oposición. De este modo, la fase de oposición es obligatoria y eliminatoria y supone el 60% de la nota final. Por su parte, la fase de concurso, donde se reconocen los méritos de los aspirantes, no es obligatoria ni eliminatoria y corresponde al 40% restante para llegar al 100% de la nota final. La calificación final de los opositores resultará de la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la fase de oposición, más los puntos obtenidos del baremo de méritos. Para llegar a la fase de concurso es necesario superar todos los ejercicios de la fase de oposición.

Fase de oposición

Según establece la convocatoria oficial, el primer y segundo ejercicio de la fase de oposición se llevarán a cabo dentro de los cuatro meses siguientes a la publicación en el BOE (del 15 de julio de 2019). Basándonos en esto y en las últimas informaciones del Ministerio sobre las fechas previstas para las oposiciones de Justicia, los dos primeros ejercicios se celebrarán el primer o segundo fin de semana de noviembre. Se realizarán el mismo día y a la misma hora en todos los ámbitos territoriales, entre de los 45 días después de la publicación de la relación definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo (que se publicará en septiembre). En cuanto al tercer ejercicio, los opositores tendrán que esperar a enero o febrero de 2020.

Primer ejercicio

El primer ejercicio es teórico, escrito y eliminatorio. La prueba se desarrolla como un examen tipo test sobre los contenidos del programa. Tiene un total de 100 preguntas, con cuatro respuestas alternativas (a escoger sólo una correcta). Los aspirantes tendrán 90 minutos para la realización del ejercicio. La puntuación máxima es de 60 puntos. Por lo tanto, cada pregunta acertada sumará 0.60 puntos, mientras que las incorrectas restarán 0.15 puntos, y las preguntas en blanco no puntúan.

La nota mínima para superar este ejercicio será la equivalente, en cada ámbito territorial, al resultado de diez aspirantes por plaza, que hayan obtenido como mínimo el 60% de la puntuación máxima (mínimo 36 puntos).

Segundo ejercicio

La segunda prueba de las oposiciones de Gestión Procesal es un examen tipo test sobre un caso práctico. Al igual que el anterior, es obligatorio y eliminatorio. Los opositores tendrán que responder a 20 preguntas tipo test sobre un caso práctico que planteará el Tribunal Calificador Único. La prueba tendrá una duración de 60 minutos y la puntuación máxima a obtener será de 15 puntos. Por lo tanto, el valor de las preguntas en este caso es el siguiente: 0.75 puntos para las preguntas acertadas, los fallos restan 0.15 puntos y las preguntas no contestadas no hacen nada.

Para superar este examen es necesario responder correctamente el 60% de las preguntas, es decir, 9 puntos de 15. Aquellas personas que no alcancen esta puntuación quedarán fuera del proceso selectivo y no realizarán el tercer ejercicio.

Tercer ejercicio

En este caso, la prueba se divide en 10 preguntas teóricas, por escrito y de redacción sobre el contenido procesal del programa. El ejercicio tendrá una duración de 90 minutos y la nota máxima será de 25 puntos. Las preguntas de este ejercicio tienen una puntuación máxima de 2.5 puntos, y es necesario superar el 50% de la puntuación para poder aprobar (12.5 puntos del máximo de 25). Cada pregunta tendrá un espacio máximo de una página para ser contestada. 

Fase de concurso

Todos los opositores y opositoras que superen los tres ejercicios de la fase de oposición podrán presentar sus méritos en la fase de concurso. A partir de que se publiquen las listas definitivas de los aprobados, los aspirantes tendrán 20 días hábiles para presentar toda la documentación acreditativa de los méritos recogidos en el baremo. El baremo de méritos de las oposiciones de Justicia de 2019 se divide en 4 apartados, con los que los opositores podrán obtener un máximo de 67 puntos (el 40% de la nota final del proceso selectivo).

1. Títulos y grados académicos

La titulación exigida para acceder al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa es la de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 12 puntos y se obtienen conforme a los siguientes puntos:

  • 12 puntos por la licenciatura en Derecho o el grado en Derecho y un máster de carácter jurídico.
  • 10 puntos por el Grado en Derecho.
  • 8 puntos por la Licenciatura en Ciencias del Trabajo, ciencias Políticas y de la Administración o Criminología.
  • 6 puntos por el Grado en Ciencias del Trabajo, en Ciencias Jurídicas y de las Administraciones Públicas, en Ciencias Políticas y de la Administración, en Relaciones Laborales y Recursos Humanos, o en Criminología.

Si la persona tiene más de un título universitario, se valorarán todas las titulaciones adicionales a la obligatoria de la siguiente manera:

  • 4 puntos por tener 3 cursos completos de Licenciatura o Grado en Derecho.
  • 3 puntos por otras licenciaturas o grados (sólo contará una).
  • 2 puntos por otras diplomaturas, arquitectura técnica o ingeniería técnica (se valorará una).

El resto e titulaciones que no se hayan mencionado anteriormente será el Tribunal quien valore la puntuación que se le otorgará.

2. Historial profesional

Como historial profesional se consideran todos los conocimientos extras que tenga el opositor en materia jurídica, de salud laboral, igualdad o informática. El Tribunal concederá un máximo de 5 puntos por cursos de contenido jurídico, salud laboral o igualdad, y 2.5 puntos por cursos de contenido informático. Se considerarán todos los cursos con contenido principal de carácter jurídico relacionados con la actividad del cuerpo de Gestión Procesal. De igual modo, se valorarán los cursos en materia de igualdad o salud laboral que incluyan en su temario unidades o módulos de contenido jurídico. La puntuación máxima en este apartado es de 7.5 puntos.

Todos los cursos tienen que estar finalizados en los últimos 10 años y antes de la finalización del plazo de presentación de instancias (12 de agosto). También deberán estar homologados o impartidos por: el Ministerio o por las Consejerías de Justicia, por el Ministerio y Consejerías de Educación, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo y el Instituto de la Mujer.

Los puntos por curso se obtienen en función al número de horas del mismo:

  • Cursos de entre 11 y 29 horas: 1 punto.
  • De entre 30 y 59 horas: 1.5 puntos.
  • 2 puntos para cursos entre 60 y 119 horas.
  • 2.5 puntos para cursos de 120 horas o más.

3. Ejercicios de las OEPs de 2015 y 2016

En la tercera sección del baremo de méritos se puntúan las notas obtenidas en los ejercicios de la Oferta de Empleo Público anterior. Sólo se valorarán aquellos ejercicios con más del 50% de la puntuación superada. 14 puntos es el máximo que los opositores de segundo año podrán obtener. Las notas anteriores se puntuarán de la siguiente manera:

  • 5 puntos por nota del 50 al 54,99%.
  • 5,5 puntos por nota del 55 al 59,99%.
  • 6 puntos por nota de 60 al 64,99%.
  • 6,5 puntos por nota de 65 al 69,99%.
  • 7 puntos por nota de 70 al 74,99%.
  • 7,5 puntos por nota de 75 al 79,99%.
  •  8 puntos por nota de 80 al 84,99%.
  • 8,5 puntos por nota de 85 al 89,99%.
  • 9 puntos por nota de 90% o superior.

Por las calificaciones de otros cuerpos que no sean el de Gestión Procesal:

  • 25% de la anterior puntuación si se presentó a un cuerpo especial o inferior a Gestión.
  • 50% de la puntuación anterior si se presentó a un cuerpo superior.

4. Servicios prestados a los Cuerpos de la Administración de Justicia

El último punto del baremo de méritos reconocerá los servicios prestados como titular, sustituto o interino en los Cuerpos de la Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración. La puntuación máxima a otorgar por servicios es de 33.5 puntos. Éstos se obtendrán de la siguiente manera:

  • Por cada mes completo como sustituto o interino, en el Cuerpo de Gestión: 0,30 puntos.
  • Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustituto en el resto de los Cuerpos Generales y Letrados de la Administración de Justicia: 0,20 puntos.
  • 0,10 puntos por cada mes completo de servicios prestados en el resto de los Cuerpos de la Administración de Justicia.
  • Por cada mes de servicios prestados como personal laboral de la Administración de Justicia fijo o temporal: 0,05 puntos.

Los opositores de las oposiciones de Gestión Procesal que se presenten por alguno de los ámbitos territoriales con lengua oficial propia (Navarra, País Vasco, Comunidad Valenciana, Cataluña o Galicia) tendrán además una evaluación del conocimiento de dicha lengua, ya sea a través de la presentación de los certificados que lo corroboren o por la realización de una prueba de nivel de conocimientos.


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27 agosto, 2019

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